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Desde el 1 de enero, los vehículos con una MMA superior a 3,5 toneladas que circulen por las carreteras francesas están obligados a portar un cartel de señalización de los puntos ciegos. La medida se incluye en el Código de Circulación, y fue aprobada junto a la Ley 2019-1428 de 24 de diciembre de 2019, sobre la orientación de las movilidades.

Con esta reforma, el gobierno francés espera mejorar la seguridad de los usuarios más vulnerables de la vía pública, que a menudo no son conscientes de la existencia de zonas sin visibilidad en los vehículos voluminosos, cosa que acaba desembocando en accidentes evitables.

A continuación, te explicamos los detalles de la normativa.

¿Qué vehículos deben incorporar la señalización?

Los que tengan una MMA superior a 3,5 toneladas, excepto:

  • Vehículos agrícolas y forestales.
  • Equipos de servicio de invierno.
  • Vehículos de intervención de los servicios que gestionan las autopistas o autovías.
  • Vehículos de motor o remolcados cuya estructura impida la colocación de los elementos de señalización en cualquiera de las modalidades previstas.

¿De qué manera se puede fijar la señalización?

  • Mediante pegado.
  • Mediante remache.
  • Utilizando cualquier otro sistema sujetador.
  • Pintándola en la carrocería.

¿La obligación afecta a los vehículos extranjeros?

Sí, aunque si ya cuentan con un dispositivo equivalente, tanto en los laterales del vehículo como en la parte posterior, homologado por otro Estado miembro de la Unión Europea, no deberán adoptar ninguna medida adicional.

¿Qué pasa si la señalización no se ajusta al modelo homologado por el gobierno francés?

Si la señalización está colocada tanto en los laterales como en la parte trasera del vehículo, antes del 31 de marzo de 2021, se considerará adecuada durante un periodo de 12 meses a partir de la publicación de la orden en el boletín oficial.

¿Dónde debe colocarse la señalización?

En ambos laterales y en la parte trasera del vehículo, de forma que sean visibles en cualquier circunstancia, sin interferir en las otras placas e inscripciones reglamentarias, ni en las luces y dispositivos de señalización, y sin dificultar el campo de visión del conductor.

¿En qué lugar concreto deben colocarse los carteles?

Te hemos preparado diversas imágenes que ilustran de manera sencilla la posición que deben ocupar los carteles en cada supuesto.

  • Camión: en la parte trasera, se ha de colocar a la derecha, a una distancia de entre 0,9 y 1,5 metros del suelo; y en cada lateral, a la misma distancia del suelo, dentro del primer metro desde la parte frontal, sin ocupar superficies acristaladas.

  • Tractora: la señalización debe ocupar, en la parte trasera, una posición compatible con las características técnicas del vehículo; y a cada lado, las especificaciones son las mismas que para los camiones.

 

  • Vehículos con remolque: en el remolque, la marca se debe situar de igual manera que en el camión, teniendo en cuenta que, en los laterales, ha de estar dentro del primer metro de la parte delantera de la carrocería. En los semirremolques, el primer metro se mide desde el plato de enganche.

¿Cuáles son las excepciones a las especificaciones de posición?

Requisitos de altura:

  • Cuando, por razones técnicas, la placa no se pueda colocar a una altura de entre 0,9 y 1,5 metros del suelo, deberá hacerse a la más cercana posible del intervalo especificado, sin superar los 2,1 metros.

Requisitos de posicionamiento lateral:

  • Los vehículos con sistemas de visión directa en la parte inferior de las puertas o con puertas acristaladas deberán colocar las señales respetando lo máximo posible las especificaciones de distancia, sin superar los 3 metros desde la parte frontal, a no ser que la estructura del vehículo no permita colocarlas sin obstruir parte del acristalamiento.
  • Los criterios de colocación de las señales laterales no se aplicarán a los vehículos remolcados para los que sea técnicamente imposible. En estos casos, las colocarán en una posición compatible con sus características técnicas.

Requisitos de posicionamiento trasero:

  • Los criterios de colocación de la marca trasera no se aplican a los vehículos para los que exista imposibilidad técnica. En estos casos, la deben colocar en una posición compatible con sus características.
  • Algunos ejemplos de estos vehículos son: portacontenedores, porta vehículos, tractores para semirremolques, vehículos cisterna, vehículos de plataforma, Dolly.

¿Qué pasa con los vehículos equipados con lonas deslizantes para la carga lateral?

Se recomienda fijar la señalización mediante pintura.

¿Los vehículos con plataforma están exentos de colocar las marcas?

No. Aunque técnicamente no se puedan colocar dentro de las especificaciones de distancia establecidas por la normativa, deben hacerlo en una posición compatible con sus características; por ejemplo, utilizando un soporte desmontable o fijo.

¿Dónde deben colocar la señalización los vehículos de Ampliroll?

En el vehículo, no en la carrocería.

¿Y los vehículos contenedores?

En el vehículo, no en el contenedor.

¿Dónde la deben llevar los vehículos que transportan coches?

En una posición compatible con sus características técnicas.

¿Y los vehículos de transporte de madera?

Están exentos de la colocación de las señales, pues se encuentran entre los vehículos para los que existe una imposibilidad estructural.

En OnTurtle somos conscientes de la necesidad de muchos de nuestros clientes de cumplir con la nueva normativa, por eso hemos preparado adhesivos de señalización de acuerdo con la normativa francesa, homologados, por tanto, para la circulación por los entornos urbanos. Te invitamos a que nos consultes a través de la dirección de email customerservice@onturtle.eu.